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LA CORTE SUPREMA DECLARO LAINCONSTITUCIONALIDAD DE LAREELECCIÓN INDEFINIDA EN FORMOSA

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Este jueves, la Corte Suprema de Justicia de la Nación puso fin a la reelección indefinida para el cargo de gobernador en la provincia de Formosa.

Lo hizo al resolver un amparo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que impugnaba el octavo mandato consecutivo obtenido por el gobernador Gildo Insfrán para el período 2023-2027. Por unanimidad, los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti Carlos Rosenkrantzconcluyeron que la cláusula de la constitución provincial que permitió al gobernador mantenerse en el poder durante tres décadas contraviene la Constitución Nacional.

Rosatti y Maqueda coincidieron en que es necesario realizar una reforma constitucional en Formosa, mientras que Lorenzetti se alineó con esta postura. Por su parte, Rosenkrantz fue más allá, considerando que Insfrán no debería haber sido habilitado para presentarse y declaró inconstitucional el artículo 132 de la constitución provincial, que facilitó el ejercicio ininterrumpido del poder. No obstante, señaló que, para respetar la vida institucional de la provincia y el principio republicano, el gobernador puede concluir su mandato, el cual culminará el 10 de diciembre de 2027.

Gildo Insfrán ocupa cargos en el gobierno provincial desde 1987, y desde 1995 ejerce como gobernador, renovando su mandato constantemente, justamente gracias a una reforma constitucional, impulsada por él que permitió la re-re, que hasta ese entonces no estaba permitida. Según Rosenkrantz, este prolongado ejercicio del poder sin cambios significativos representa un riesgo para el sistema republicano y fomenta prácticas autoritarias.

En resumen, el falló obliga al gobernador que transita su octavo mandato a reformar el artículo 132 de la Constitución provincial por “anti republicano”.

Curiosamente en octubre, y casi como anticipandose al fallo, Gildo Insfran impulsó una ley de convocatoria a elecciones constituyentes para reformar la constitución en 2025. Según esta Ley tiene 12 meses para convocar a elecciones constituyentes.

Desde la oposición creen que la reforma constitucional, promovida por el propio Insfrán en octubre, tiene como único propósito ajustarse a los cambios requeridos por la Corte, pero asegurándose al mismo tiempo la posibilidad de postularse “una o dos veces más”.

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